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ANÁLISIS DE ACTUALIDAD

Límite a la reelección de cargos públicos: ¿Qué sentido tiene?

“Es relevante y necesario que el proyecto de ley de límite a la reelección vea la luz y se aplique sin excepciones. Quizás esto ayude a recuperar la confianza de la ciudadanía en la fundamental labor de la política”


Fue en 2006 que el entonces diputado, hoy senador, Francisco Chahuán (RN), presentó el primero de los proyectos refundidos en el actual proyecto de límite a la reelección de parlamentarios y cargos públicos. Así, otros 5 boletines fueron ingresados y refundidos en el proceso para que finalmente, 14 años después, el Congreso haya despachado el proyecto y se encuentre a un paso de su aprobación.

  • Pero, ¿cuál es el sentido de esta iniciativa? ¿Por qué es importante que se limite la reelección?.

Esta iniciativa, de no ser vetada o limitada por el gobierno,  aplicará a todos aquellos alcaldes, concejales, Cores y diputados que cumplan 3 periodos o para senadores que cumplan 2, evitando que puedan competir inmediatamente por el mismo cargo. Podrían hacerlo si salen de él y esperan un periodo o bien, si compiten por otro cargo público.

El sentido de impulsar esta iniciativa es evitar que, dada la posición de privilegio de un incumbente, quien ya ostenta un cargo, para la reelección en comparación a los desafiantes, quien busca hacerse del cargo, se enquisten y mantengan las mismas personas en los cargos. En otras palabras, se busca que quienes ya tienen cargos públicos deban competir en una mayor igualdad de condiciones respecto a los nuevos postulantes. 

Esta posición de ventaja viene dada por varias razones prácticas. La primera, para el caso de los parlamentarios, es que, aún en medio de una campaña de reelección, ellos poseen una alta remuneración y una gran cantidad de recursos para asignaciones, las que son utilizadas para transporte, líneas telefónicas, asesores y demases. En el caso de los senadores esas asignaciones pueden llegar a 24 millones de pesos y, para los diputados, a 11 millones y medio de pesos.  


Lo anterior también ocurre para los otros cargos afectados. Alcaldes, Concejales y Cores, aunque en una menor medida y de forma variable según la locación, poseen remuneraciones y recursos para la gestión de sus cargos incluso durante el período de campañas para reelección. 

Estos recursos disponibles, en la práctica, son una ventaja para los incumbentes quienes podrán utilizarlos, de forma directa o indirecta, en sus actividades de campaña y, por lo tanto, parten con la carrera avanzada. 

El siguiente elemento a considerar es que, en su calidad de autoridad, los incumbentes tienen acceso a información, y en algunos casos influencia, sobre actividades oficiales y la posibilidad de ser invitados a actos e instancias que, por su naturaleza o contexto, sean funcionales a una reelección. Así, el trabajo territorial de un parlamentario, la inauguración de obras públicas en una comuna con la presencia del Alcalde y autoridades municipales y otras diversas instancias, son deseables y accesibles para todos los candidatos, incumbentes y desafiantes, pero en su calidad de autoridad, un incumbente probablemente recibirá una mayor exposición mediática y, muchas veces, podrá participar con un discurso o intervención en el acto mismo.

Un tercer elemento, dentro de los muchos otros que pueden esgrimirse en las ventajas del incumbente, es que durante el ejercicio de su cargo, la autoridad va construyendo redes de apoyo y confianzas personales que, con toda legitimidad, le permiten ejercer de mejor forma sus atribuciones y cumplir con sus tareas. Dicho lo anterior, en periodos de campaña resulta una herramienta atractiva y ventajosa el uso de esas redes. Entendamos pues, que si dirigentes sociales o distintas organizaciones ya poseen una relación de colaboración con alguna autoridad, tendrán un incentivo extra a propiciar su reelección. 

Son numerosas las otras razones que pueden individualizarse para avanzar en un límite a la reelección: ayudar en la prevención de la corrupción, aumentar la cantidad y diversidad de personas en política, reflejar con mayor eficiencia y eficacia cambios en las posiciones de la ciudadanía y un largo etcétera. 

Una reflexión relevante frente a la aprobación de esta iniciativa, es la limitación al derecho del representado a elegir a sus representantes sin restricciones. Es decir, es legítimo que alguien desee que sea la misma persona quien le represente en algún cargo de elección popular por más de dos o tres períodos. Dicho lo anterior, esto se contrapone con todos los elementos anteriormente mencionados y, en el ejercicio de maximizar el bien común, hace sentido, aún así, que se limite aquel derecho. Quizás la discusión relevante es la cantidad de períodos que se permitirán.

  • La discusión luego de la aprobación en el Congreso:

La Cámara rechazó las modificaciones que buscaban que Alcaldes, Concejales y Cores quedasen exentos de esta restricción por este periodo, asumiendo que el siguiente podría ser considerado como el último. Dado esto, el gobierno afirmó que revisará el proyecto para ver si corrige este último elemento, por ejemplo con un veto aditivo que sume excepciones temporales a la ley, puesto que teniendo comicios en abril próximo, ya hay un proceso electoral municipal en marcha y, postulan, sería contraproducente cambiar las reglas con la carrera ya iniciada. Es entendible que a los partidos, a las autoridades comunales y a las autoridades regionales que van a la reelección les interese no complejizar más este proceso electoral. Dicho lo anterior, para la ciudadanía sería una señal inentendible que, teniendo una herramienta para renovar y oxigenar la nómina de políticos, la política reaccione poniéndole -aún más- trabas a una ley que estuvo por 14 años durmiendo en el Congreso. Es relevante y necesario que el proyecto de ley de límite a la reelección vea la luz y se aplique sin excepciones. Quizás esto ayude a recuperar la confianza de la ciudadanía en la fundamental labor de la política.

  • Los invitamos a revisar el listado de Senadores, Diputados y Alcaldes que no podrían repostular a sus cargos de aplicarse la ley tal y como la despachó el Congreso:

LINK AL LISTADO DE DIPUTADOS, SENADORES Y ALCALDES QUE NO PODRÍAN IR A LA REELECCIÓN.

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(1) https://www.senado.cl/senado-aprueba-limite-a-la-reeleccion-de-parlamentarios-cores-alcaldes/senado/2020-05-26/162626.html

(2) https://www.cnnchile.com/lodijeronencnn/le-seguimos-la-pista-que-paso-con-la-rebaja-de-la-dieta-parlamentaria_20200122/