Volver

NOTICIAS

ALERTA TEMPRANA N°8 CRITERIO TOHÁ

Programa Política y Sociedad  03-04-2024

I.- CONTEXTO

A propósito del caso Hermosilla y la formalización de la máxima autoridad de la PDI, las autoridades del Gobierno han declarado sobre la pérdida de confianza del presidente  frente a las autoridades que se ven envueltas en una investigación por parte del ministerio público. 

Así se formuló el “criterio Tohá”, que consiste en que se les solicitará la renuncia a los funcionarios que dependen del Ejecutivo que sean formalizados.

II.- PROBLEMAS DEL CRITERIO

La formalización en Chile es un acto de comunicación formal de que una persona será investigada por hechos que pueden ser constitutivos de delitos. 

  • En cierto sentido es una mala noticia para un ciudadano que sea expuesto, aun sin pruebas, a la palestra al conocerse públicamente que está siendo investigado.

  • Sin embargo, jurídicamente, también puede ser visto como una ventaja o beneficio para el investigado ya que se le comunica concretamente los hechos que se le imputan, posibilitando una real defensa (poder demostrar su inocencia), además de contar con las garantías del sistema penal.

  • En la formalización, el juez pondera estos primeros antecedentes presentados en especial, la gravedad de los hechos que se imputan y la “apariencia” de ser verídico los antecedentes presentados por el fiscal pudiendo decretar medidas cautelares tales como el arraigo nacional, arresto domiciliario parcial o total o incluso la prisión preventiva. 

En este sentido existe un problema con el criterio Tohá, debido a que no toda formalización es un fundamento sólido para pedir la renuncia a un autoridad. Un fiscal puede formalizar a una persona sin grandes requisitos, apresuradamente o incluso como se ha visto con cierta animadversión hacia el investigado. 

III.- GOBIERNO EN APRIETOS 

Caso 1: Carabineros

El Partido Comunista intentó hacer una comparación del caso, en particular respecto a la formalización del ex director de la PDI Sergio Muñoz, con la situación del general director de Carabineros, Ricardo Yánez con el objetivo que se le pida la renuncia o este lo haga voluntariamente. 

No obstante lo anterior, el caso del General Yánez es muy distinto al de Sergio Muñoz. A la autoridad de Carabineros se le imputa por una eventual responsabilidad “Institucional”, no personal, en el delito de omisión “de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves y homicidio”, causado según la tesis de la fiscal Chong, por ciertos carabineros, durante el estallido social.

Caso 2: Daniel Jadue

Al conocerse la pronta formalización de Daniel Jadue, alcalde en ejercicio de la comuna de Recoleta, miembro del partido comunista y por tanto miembro del oficialismo, no cumpliría con el criterio Tohá. De aplicarse este criterio, el alcalde no debería contar con la confianza del presidente Boric. 

No obstante, como el alcalde no es formalmente miembro del Ejecutivo, el Gobierno se ha excusado de referirse al fondo del asunto. 

IV.- CONCLUSIONES

  1. El criterio Tohá parece errado debido a que otorga una atribución desmedida a los fiscales del Ministerio Público: con la sola formalización, destituirían a las autoridades de confianza del Presidente. 

  2. Adicionalmente, politiza al Ministerio Público: Incentivar a fiscales a formalizar autoridades como forma de figurar mediáticamente.

  3. El criterio Tohá debería ser complementado con otros requisitos para entender una “pérdida de confianza”, tales como la gravedad de los hechos, si se adopta en la formalización alguna medida preventiva grave (como el arresto domiciliario o la prisión preventiva) o si existe confesión de parte, entre otros elementos. 

  4. Políticamente hablando, el Alcalde Jadue, no cumple con los propios estándares que se ha puesto el Gobierno para mantener la confianza del presidente. 

  5. De aplicarse el criterio Tohá, el alcalde Jadue debería renunciar anticipadamente a su cargo. Ni la ministra Tohá, ni el el presidente Boric se han manifestado al respecto.