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Alerta temprana N°7: Lenguaje Inclusivo ¿imposición o prohibición?

Programa Política y Sociedad          09/04/2024

  1. ANTECEDENTES

Concepto:

El lenguaje inclusivo, según sus defensores, es la manera de expresarse oralmente y por escrito sin discriminar a un sexo, género social o identidad de género en particular y sin perpetuar estereotipos de género.

Crítica: Para los detractores su uso es innecesario, pues el masculino genérico no oculta la presencia de la mujer, sino que la incluye con igual derecho que al varón. El uso de la '@' o de las letras 'e' y 'x' como supuestas marcas de género inclusivo es ajeno a la morfología del español.

Opinión de la RAE: No comparte su uso. Estima que es conjunto de estrategias que tienen por objeto evitar el uso genérico del masculino gramatical, siendo que ese uso generico es un mecanismo firmemente asentado en la lengua y que no supone discriminación sexista alguna.

II.- SITUACIÓN EN ARGENTINA

A comienzos del 2024, el gobierno argentino promulgó la resolución N 160/2024, del Ministerio de Defensa, el cual se prohíbe el lenguaje inclusivo y todo lo referente a la perspectiva de género en el Ministerio de Defensa y Fuerzas Armadas, por ende no se va a poder usar la letra ‘e’, la “@”, la ‘x’ y se debe evitar la innecesaria utilización del femenino en todos los documentos del ámbito militar

El texto publicado en el Boletín Oficial establece que se exigirá el "uso preciso del idioma castellano porque cualquier alteración o distorsión del idioma podría llevar a interpretaciones equivocadas de lo que se intenta comunicar o disponer”

La norma entre otras justificaciones menciona que requieren de precisión y rigurosidad en la utilización de las palabras en las operaciones militares y que se aplique estrictamente lo señalado por la Real Academia Española (RAE).

De acuerdo a lo anterior, esta medida va en la línea del gobierno trasandino, según su propio vocero, de “atacar el adoctrinamiento y batalla cultural contra el marxismo impuesto por sectores progresistas”, ya que según ellos se ha implementado como negocio de la política.

III.- SITUACIÓN EN CHILE

En nuestro país ya se ha comenzado a instalar el uso del lenguaje inclusivo a través de sectores más progresistas y es posible observar a través de los movimientos sociales, universidades o grupos políticos.

En Universidades: 

El lenguaje inclusivo como en otros lugares del mundo tuvo su primer impulso en las casas de estudio. Ya en chile son varias las universidades que han elaborado manuales y guías para el uso del lenguaje inclusivo.

En la Universidad Diego Portales se elaboró un manual en el que se recomienda en el lenguaje escrito, hacer uso de la barra “/”, el guión “-”, el uso de la “e” y otros (como la arroba “@”) para visibilizar el género.

También se han conocido ciertos casos de profesores que han restado puntaje a sus estudiantes por el no uso de dicho lenguaje. 

En el Sistema Político

El lenguaje inclusivo también ha tenido impacto en el ámbito de la Administración y poder legislativo, como por ejemplo en un mensaje enviado por la ex presidenta Michelle Bachelet al Congreso Nacional por un proyecto de ley sobre pensiones, en donde se puede apreciar el desmesurado uso del lenguaje inclusivo:

“El Sistema de Ahorro Previsional Colectivo se financiará con una cotización, de carácter previsional, de cargo de la empleadora o del empleador en el caso de las y los trabajadores dependientes y del propio trabajador o trabajadora en el caso de los y las independientes. Dicha cotización corresponderá a un 5% de la remuneración o renta imponible del trabajador o trabajadora, correspondiendo 3/5 de esa cotización a uno o más Fondos de Ahorro Personal, compuesto por las cuentas de ahorro personal de propiedad de cada afiliada o afiliado, y los 2/5 restantes a un Fondo de Ahorro Colectivo.”

En el Poder Judicial: 

La Secretaria Técnica de la Igualdad de Género y No discriminaación del Poder Judicial elaboró un manual en el que, La propuesta del lenguaje inclusivo apunta a transformar el sistema binario del lenguaje: se usa la “x” para referirse a ocultar la carga de género de las palabras y oponerse así a la binariedad del género femenino-masculino. De la misma manera, el uso de la letra “e” se explica para referirse a un colectivo no binario, por eso se suma a todos (el plural masculino), todas (el plural femenino) y todes tendría un uso de plural no binario. Las sugerencias sobre el uso de estas nuevas formas las abordaremos en la siguiente sección.

III.- CONCLUSIONES

  • Chile no está exento del fenómeno del Lenguaje Inclusivo, es sus más variadas esferas de la sociedad, incluidas la educación y la academia, el sistema político y el poder judicial, entre otros.

  • La imposición del lenguaje inclusivo por vía administrativa o en ciertas instituciones educacionales ya tiene sus primeras manifestaciones aunque aún de manera tímida comparado con la realidad de otros países. 

  • La libertad del ser humano no puede ser vulnerada mediante una imposición del lenguaje inclusivo por lo que la prohibición de su imposición por un ente estatal en el sistema educativo como en la relación ciudadano-Estado podría ser necesaria si el fenómeno sigue avanzando en nuestro país.

  • Vale la pena considerar que la verdadera inclusión no se logra cambiando ilusamente palabras ni reemplazando letras forzadamente, sino que requiere de una sociedad que entregue reales oportunidades, más y mejores empleos y verdaderas herramientas de movilidad social.

Lenguaje inclusivo Millei

“No se va a poder utilizar la letra -e, la arroba, la -x y [se va a] evitar la innecesaria inclusión del femenino en todos los documentos”

Se ha usado como negocio en la política

Se busca atacar el adoctrinamiento y batalla cultural contra el marxismo impuesto por sectores progresistas

El texto publicado en el Boletín Oficial indica que se impondrá “el uso correcto del idioma castellano” porque “cualquier desviación o desnaturalización” del idioma “puede inducir a interpretar erróneamente lo que se desee disponer u ordenar”

El vocero de gobierno avisó que eliminará “todo lo referente a la perspectiva de género”

Ideales similares a los del expresidente estadounidense Donald Trump o el líder del partido español Vox, Santiago Abascal

La semana pasada también se anunció el cierre del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (Inadi) por ser considerado un organismo que “no sirve absolutamente para nada” con funcionarios de “dudosa idoneidad”, dijo Adorni en conferencia de prensa.

Impacto

Rodrigo Morabito, juez de Cámara de Responsabilidad Penal Juvenil de Catamarca, explicó las dificultades que podría traer la eliminación de la perspectiva de género en la Justicia. "Sin perspectiva de género podrían existir condenas injustas a mujeres que se defienden en episodios de violencia de género y exige a los jueces y juezas hacer un análisis probatorio profundo de la evidencia con esa perspectiva en cada caso en concreto", explicó el magistrado, y aclaró que "perspectiva de género es mucho más que lenguaje inclusivo. No se puede confundir perspectiva con lenguaje"

“Es una herramienta que busca mostrar que las diferencias entre mujeres y hombres son debido a construcciones culturales asignadas"

Dora Barrancos, socióloga e historiadora feministaseñala que la medida “Es antojadiza la posición del Gobierno nacional. Estamos al filo de lo dictatorial. Todos los días hay una novedad de retroceso de derechos", 

La decisión del Gobierno también atenta contra las tres posibilidades de inscripción registral del sexo previstas en el DNI: V, M y X , a los que corresponden pronombres masculino, femenino y no binario.

“un discurso que apela a la idea de un orden sexogenérico 'natural'”, que desconoce las desigualdades de género

Desde el Frente Orgullo y Lucha -–conformado por la CHA y 100% Diversidad y Derechos-- repudiaron el anuncio. La prohibición de la perspectiva de género y del uso del lenguaje inclusivo “agravará la violencia y el impacto del ajuste en las mujeres y diversidades”, advirtieron las organizaciones. Y consideraron que junto al cierre del INADI --dispuesto la semana anterior-- “afectan a personas violentadas en tanto la autoridad del Poder Ejecutivo Nacional le da carta blanca a la violencia racista, misógina y discriminatoria de todo tipo, algo que alcanza también a las personas con discapacidad”.

Silvia Ramírez Gelbes, directora de la Maestría en Periodismo de la Universidad de San Andrés, consideró que el Gobierno puede tomar decisiones acerca de cómo producir el discurso escrito, porque la escritura es relativamente controlable. En cambio, “no puede tomar decisiones acerca de cómo tiene que hablar la gente. La gente habla como habla, y ni siquiera siempre como quiere”

Vilma Ibarra a través de Twitter (X) señaló que “Si esta medida no logra que baje la inflación y mejoren los ingresos, yo ya no sé qué más pueden hacer.  

Se dicen liberales y te prohíben (sí, prohíben) las formas de expresión que no les gustan. Bien facho.”

Mónica Macha, diputada nacional de Unión por la Patria, aseguró que "a Milei no le molesta el lenguaje inclusivo, le molesta la libertad". "El reconocimiento del lenguaje inclusivo viene de la mano del derecho a la libertad de expresión y el derecho a la identidad de género. Eso es lo que quieren prohibir", consideró la legisladora, que presidió la comisión de Mujeres y Diversidad de la Cámara de Diputados.

Lenguaje inclusivo en Chile

El profesor Miguel Ángel Sarmiento de la Universidad de Linneo (Suecia) y Doctor en Lingüística Española por la Universidad de Estocolmo en una conferencia en la PUCV presentó un estudio realizado con personas de Suecia y Chile donde destacó que las mujeres tienen una actitud más positiva que los hombres hacia el desdoblamiento discursivo del tipo “bienvenidas y bienvenidos” y al uso de la “e” como en “todes”.

Sarmiento planteó que los hombres, en general, tienen una actitud más negativa a ocupar el lenguaje inclusivo. En las encuestas algunos plantearon que el lenguaje inclusivo era una moda que va a desaparecer y que era una infracción contra las normas gramaticales del castellano. Otros percibieron al lenguaje inclusivo como un elemento infractor y perjudicial.  Sin embargo, también hubo algunos que plantearon que el lenguaje inclusivo era necesario y que les gustaría usarlo más en la vida cotidiana.  

La Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de Chile (FCFM) determinó que para o las actividades de comunicaciones internas y organización/producción de actividades académicas o ceremoniales, contarán con las siguientes recomendaciones de un lenguaje neutro, con fórmulas alternativas a discreción del comunicador o comunicadora correspondiente

  • Para los comunicados se sugiere priorizar el uso de lenguaje neutral. Permitirse el uso de barras (funcionarias/os) o desdoblamientos (funcionarias y funcionarios)

  • Evitar el uso genérico masculino, como también

  • del sustantivo “hombre”

La fundación Descúbreme elaboró un manual en el que se sugiere ciertas visiones en torno al lenguaje inclusivo

  • Para usar un lenguaje inclusivo en términos de género es crucial encontrar formas de expresarnos que nos permitan dejar de lado el uso del género universal masculino. Para lograr esto, el español nos da la posibilidad de emplear colectivos neutrales, determinantes y pronombres indefinidos, y formas reflexivas.

Poder Judicial

La propuesta del lenguaje inclusivo apunta a transformar el sistema binario del lenguaje: se usa la “x” para referirse a ocultar la carga de género de las palabras y oponerse así a la binariedad del género femenino-masculino. De la misma manera, el uso de la letra “e” se explica para referirse a un colectivo no binario, por eso se suma a todos (el plural masculino), todas (el plural femenino) y todes tendría un uso de plural no binario. Las sugerencias sobre el uso de estas nuevas formas las abordaremos en la siguiente sección.

https://secretariadegenero.pjud.cl/images/stignd/proyectos/ManualLenguajeInclusivo/ManualLenguajeInclusivo_PJUD2021.pdf

Extractos del decreto

  • Que las comunicaciones en el ámbito de la Defensa Nacional deben ser breves, claras y concisas de acuerdo con lo que establecen los reglamentos militares correspondientes.

  • Que la precisión y rigurosidad que debe tener cada vocablo utilizado en las operaciones militares exige que se aplique estrictamente lo señalado por la Real Academia Española (RAE)

  • Que, por lo tanto, se impone el uso correcto del idioma castellano

  • Una lengua, un cuerpo lingüístico, no puede inventarse o reinventarse conscientemente de la noche a la mañana. No pueden reemplazarse las letras a y o, que diferencian el género, con la arroba, el asterisco, la e o la x porque se tiene la voluntad de hacerlo en contra del androcentrismo o de reflejar con ello una realidad sociopolítica. Esa sustitución es ajena a la Morfología del español e innecesaria, pues el masculino genérico o masculino gramatical ya es inclusivo

  • las recomendaciones de la RAE expresan el deber de adoptar siempre el uso común del idioma

  • RAE, el funcionamiento del sistema lingüístico no lo decide alguien en particular, y es fruto de su evolución histórica.

  • resulta necesario adoptar una medida para eliminar formas incorrectas del lenguaje dentro del MINISTERIO DE DEFENSA y las FUERZAS ARMADAS.

  • Prohíbase la utilización del llamado “lenguaje inclusivo” en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA, las FUERZAS ARMADAS y los organismos descentralizados del MINISTERIO DE DEFENSA.

Ver la práctica en distintos planos

Universidad

Mensaje de la presidente Bachelet

Norma/ley

Discurso político

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/304017/20240226

Resolución 160/2024

Ciudad de Buenos Aires, 23/02/2024

VISTO el expediente N° EX-2024-16098597- -APN-SSPEYPM#MD, lo normado por la Constitución Nacional, la Ley 23.554 de Defensa Nacional, el Diccionario para la Acción Militar Conjunta, el Glosario de definiciones y abreviaturas para comunicaciones del Comité Superior de Normalización del Ministerio de Defensa, los reglamentos que norman las comunicaciones en las Fuerzas Armadas, el Reglamento de Terminología Castrense de Uso en el Ejército Argentino, el Diccionario de terminología militar para la Armada, el Reglamento para la Escritura y Correspondencia de la Fuerza Aérea, el Diccionario de la Fuerza Aérea y normas concordantes, y

CONSIDERANDO:

Que en la jurisdicción del MINISTERIO DE DEFENSA es obligatorio el uso de las reglamentaciones y manuales de las Fuerzas Armadas en vigencia, tales como el Diccionario para la Acción Militar Conjunta, el Glosario de definiciones y abreviaturas para comunicaciones del Comité Superior de Normalización del Ministerio de Defensa, los reglamentos que norman las comunicaciones en las Fuerzas Armadas, el Reglamento de Terminología Castrense de Uso en el Ejército Argentino, el Diccionario de terminología militar para la Armada, el Reglamento para la Escritura y Correspondencia de la Fuerza Aérea, el Diccionario de la Fuerza Aérea y los reglamentos que fijan los procedimientos para las comunicaciones, entre otros, como instrumentos normativos para el uso del lenguaje.

Que las comunicaciones en el ámbito de la Defensa Nacional deben ser breves, claras y concisas de acuerdo con lo que establecen los reglamentos militares correspondientes.

Que la precisión y rigurosidad que debe tener cada vocablo utilizado en las operaciones militares exige que se aplique estrictamente lo señalado por la Real Academia Española (RAE) y los reglamentos militares para la escritura y las comunicaciones en el ámbito de la Defensa.

Que una incorrecta interpretación de lo expresado puede afectar el desarrollo de las operaciones y generar confusión.

Que, por lo tanto, se impone el uso correcto del idioma castellano, que es el que se ha utilizado para el encuadre y la guía de todos los reglamentos, manuales y documentos de escritura y simbología tanto del ejército, como aeronáuticos y navales.

Que cualquier desviación o desnaturalización del castellano no estandarizado ni avalado por un plexo jurídico correspondiente, puede inducir a interpretar erróneamente lo que se desee disponer u ordenar, afectando su ejecución.

Que, en cuanto a la utilización del llamado “lenguaje inclusivo”, la Organización de las Naciones Unidas en las “Orientaciones para el empleo de un lenguaje inclusivo en cuanto al género en español” indicó que: “Es importante no confundir el género gramatical (categoría que se aplica a las palabras), el género como constructo sociocultural (roles, comportamientos, actividades y atributos que una sociedad determinada en una época determinada considera apropiados para los seres humanos de cada sexo) y el sexo biológico (rasgo biológico propio de los seres vivos)...”.

Que, por su parte, la Academia Argentina de Letras señaló que: “Para la Academia Argentina de Letras, indefectiblemente, deben recorrerse dos caminos: el lingüístico y el sociopolítico. Una lengua, un cuerpo lingüístico, no puede inventarse o reinventarse conscientemente de la noche a la mañana. No pueden reemplazarse las letras a y o, que diferencian el género, con la arroba, el asterisco, la e o la x porque se tiene la voluntad de hacerlo en contra del androcentrismo o de reflejar con ello una realidad sociopolítica. Esa sustitución es ajena a la Morfología del español e innecesaria, pues el masculino genérico o masculino gramatical ya es inclusivo, ya cumple esa función como término no marcado de la oposición de género”.

Que, en efecto, las recomendaciones de la RAE expresan el deber de adoptar siempre el uso común del idioma y ser percibido su valor político como la más alta declaración de los derechos y deberes de todos los ciudadanos, sea cual fuere su sexo y, especialmente, como símbolo de su igualdad efectiva en todos los ámbitos de la sociedad.

Que estas recomendaciones están basadas en sólidos estudios lingüísticos, como es el caso del Corpus del Español del Siglo XXI (CORPES).

Que el CORPES recoge actualmente 300 millones de formas ortográficas que reflejan el uso del español de los últimos años a ambos lados del Atlántico.

Que, siguiendo las recomendaciones de la RAE, el funcionamiento del sistema lingüístico no lo decide alguien en particular, y es fruto de su evolución histórica.

Que el sistema de género del español, como el de otras lenguas romances, evolucionó desde el latín, lengua de la que deriva.

Que es política del MINISTERIO DE DEFENSA que, en aquellos temas en que existe una definición o postura por parte de Organismos Rectores de la disciplina de que se trata, sea ésta la asumida por esta Jurisdicción.

Que, por lo tanto, resulta necesario adoptar una medida para eliminar formas incorrectas del lenguaje dentro del MINISTERIO DE DEFENSA y las FUERZAS ARMADAS.

Que el servicio permanente de asesoramiento jurídico de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente medida en virtud de lo dispuesto por artículo 4°, inciso b) apartado 9 y el artículo 19 apartado 1) de la Ley Nº 22.520 de Ministerios y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE DEFENSA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Dispóngase que en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA, las FUERZAS ARMADAS y los organismos descentralizados del MINISTERIO DE DEFENSA, deberá emplearse el idioma castellano, conforme a la normativa y reglamentación que rige cada área respectiva, bajo los términos y reglas fijados por la Real Academia Española (RAE) y los reglamentos y manuales vigentes en las FUERZAS ARMADAS.

ARTÍCULO 2°.- El MINISTERIO DE DEFENSA, las FUERZAS ARMADAS y los organismos descentralizados del MINISTERIO DE DEFENSA, por conducto de sus Direcciones de Personal o de las dependencias que consideren pertinentes, adoptarán las medidas de difusión y capacitación sobre el contenido de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- Prohíbase la utilización del llamado “lenguaje inclusivo” en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA, las FUERZAS ARMADAS y los organismos descentralizados del MINISTERIO DE DEFENSA.

ARTÍCULO 4°.- El incumplimiento de la presente será pasible de incurrir en responsabilidad en sus respectivos ámbitos.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Luis Petri

e. 26/02/2024 N° 8554/24 v. 26/02/2024