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ALERTA TEMPRANA N°42 ¿ES LEGAL UN PARO DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS?

Programa Política y Sociedad.                             14/11/2024

I. ANTECEDENTES

En el aeropuerto de Santiago se ha visto un escenario de caos y largas filas debido a la movilización de las asociaciones gremiales de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC). Un paro convocado por los trabajadores de esta entidad ha provocado retrasos, largas filas y la cancelación de vuelos en diversos aeropuertos de Chile.

  • La Asociación de Trabajadores Operativos y Fiscalizadores de la DGAC informó, mediante un comunicado, que los aeropuertos funcionarían con dotación mínima de personal, lo cual afectó considerablemente el tráfico aéreo.

  • Esta manifestación obligó a retrasar e incluso cancelar algunos vuelos, una situación que ha generó preocupación en los gremios empresariales debido al fuerte impacto que este paro tuvo en la economía del país.

  • La Asociación de Transporte Aéreo Internacional (IATA) informó que solo en el primer día de la paralización se registraron unos 350 vuelos atrasados o cancelados, afectando a alrededor de 60.000 pasajeros.


II. FACULTAD DE IRSE A PARO

La Constitución regula la huelga de forma indirecta, indicando que "los funcionarios del Estado y de las municipalidades no pueden hacer huelga". Además, el Código del Trabajo, en su artículo 362, establece que en ciertas empresas, especialmente las que ofrecen servicios públicos esenciales, no se permite la huelga si ésta puede causar graves problemas a la salud, a la economía, al abastecimiento de la población o a la seguridad nacional.

La razón principal de esta prohibición es asegurar que los servicios públicos, que son esenciales, funcionen de manera continua y permanente para atender las necesidades de la ciudadanía. Estos servicios, al ser monopólicos, no tienen alternativas y, ante el evento de una huelga, los ciudadanos quedarían sin atención en temas que usualmente son urgentes.

Estos casos no solo van en contra de las normas constitucionales, sino también en contra del Estatuto Administrativo, que regula a los funcionarios del Estado, y del Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, que en este caso regula a los funcionarios de la DGAC. Estos estatutos prohíben expresamente que estos trabajadores organicen, impulsen o participen en huelgas, interrupciones o paros, ya sean totales o parciales, que afecten el funcionamiento normal de las instituciones públicas.

Sin embargo, a pesar de lo señalado en la legislación, los funcionarios públicos igual hacen uso de esta herramienta por diversas razones:

  • Los paros llaman la atención pública y mediática, lo que aumenta la presión sobre el gobierno para negociar.

  • Las sanciones contra huelgas en el sector público son difíciles de implementar. Las autoridades suelen evitar medidas disciplinarias fuertes para no tensar aún más la relación con los trabajadores.

  • Las asociaciones gremiales de funcionarios públicos operan como verdaderos sindicatos y, por lo tanto, promueven y respaldan las huelgas como una herramienta de presión, aunque estén prohibidas por ley.

LA EXPERIENCIA REAGAN

Un caso paradigmático fue la huelga de la Organización de Controladores de Tráfico Aéreo Profesionales de 1981 en los Estados Unidos, en la que, a pesar de no poder hacerlo, se declararon en huelga. La administración del Presidente Ronald Reagan les dió un ultimátum: o volvían a sus puestos de trabajo en 48 horas, en aras del bien común y la importancia del normal funcionamiento del tráfico aéreo para el país, o serían despedidos. Tras dicho plazo, más de 11.000 profesionales, cerca del 70% de los controladores aéreos, fueron despedidos por no asistir a trabajar y fueron reemplazados por miembros de las Fuerzas Armadas, particularmente de las Fuerza Aérea, hasta que nuevos funcionarios civiles fueran entrenados.

III. CONSIDERACIONES

  1. La interrupción de servicios públicos impacta especialmente a quienes dependen de ellos para cubrir necesidades urgentes, como atención médica, trámites esenciales o acceso a la educación. Estos paros impiden el acceso a servicios cuyo monopolio se encuentra en manos del Estado, como lo es la administración del tránsito aéreo, y, en consecuencia, genera una serie de perjuicios y retrasos en otras áreas consultas, procedimientos y permisos que afectan a personas sin alternativas en el sector privado. Esto puede agravar problemas de salud, frenar proyectos personales y generar un profundo malestar en quienes requieren atención inmediata.

  2. Los paros recurrentes y los de larga duración pueden llevar a una percepción negativa del sector público y al desgaste de la confianza de la ciudadanía en el Estado. Esto afecta la imagen de los servicios públicos y puede reforzar la idea de que el Estado es ineficiente, perjudicando su legitimidad. Ejemplo de ello fueron las largas paralizaciones del Registro Civil el año 2015.

  3. Impacto económico: Las huelgas en el sector público pueden tener efectos económicos significativos, ya que afectan la productividad y pueden ralentizar procesos importantes, desde la tramitación de permisos hasta la operación de puertos y aeropuertos. Esto genera costos para el Estado y para el sector privado por el efecto cascada que producen las paralizaciones en otras actividades, además de impactar negativamente en la calidad de vida de las personas que requieren de los servicios paralizados.

  4. A diferencia del sector privado, los funcionarios públicos tienen estabilidad en el empleo, despido sólo previo sumario y una serie de beneficios adicionales como sueldos más altos que los del mercado, multitud de bonos, derecho a ascenso en el escalafón, entre otros; mientras los trabajadores del mundo privado enfrentan incertidumbre, están sujetos a permanente evaluación real de su desempeño y posibles recortes en tiempos de crisis.