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OPINIÓN

Ricardo Hernández: Los 7 pecados constitucionales del presidente Allende

Agosto de 1973 es un mes clave para comprender la profundidad de la crisis política e institucional que vivía Chile en el Gobierno de la Unidad Popular, así como los acontecimientos ocurridos desde el 11 de septiembre en adelante.

A principios de dicho mes, el Presidente Allende había convocado a oficiales de las Fuerzas Armadas a un gabinete denominado de Salvación Nacional que, a pocos días, vería su fracaso con la renuncia del General Carlos Prats como ministro del Interior junto con otros altos oficiales. Por otro lado, las distintas manifestaciones de trabajadores y gremios sumían al país en una paralización casi total, ya sea en apoyo o en oposición al Gobierno de la época.

Sin embargo, no hay duda de que uno de los hitos de mayor relevancia histórica es la declaración del 22 de agosto de la Cámara de Diputados, que denunciaba el grave quebrantamiento del orden constitucional y legal de la República y es considerada como antecedente inmediato a los eventos del 11 de septiembre de ese mismo año.

En dicho documento, el Gobierno de la Unidad Popular, encabezado por Salvador Allende Gossens, era sindicado como autor de numerosos atropellos al principio de separación de poderes del Estado y a los derechos fundamentales de las personas, es decir, el corazón de la Constitución.

La declaración podría resumirse en 7 grandes pecados constitucionales, los cuales no son calificados como aislados, sino una constante durante los 3 años de ejercicio del poder por parte del Gobierno de la Unidad Popular y el Presidente Allende.

Así, un primer pecado constitucional atribuido al gobierno era vulnerar flagrantemente la separación de poderes. El mismo documento ejemplifica con los intentos del ejecutivo de instruir a la Corte Suprema sobre la forma en que debía ejercer su labor judicial, no ejecutar sentencias desfavorables al Gobierno e intentar promulgar la reforma constitucional de las tres áreas de la economía de forma incompleta, omitiendo lo que no compartía, a pesar de haber sido aprobado por el Congreso Nacional.

En segundo lugar, se le enrostra la vulneración al principio de igualdad ante la ley por diversos actos, probablemente aludiendo al racionamiento de alimentos realizado por las Juntas de Abastecimiento y Control de Precios (JAP). Desigualdades de igual magnitud se produjeron en contra de la libertad de reunión y en el ejercicio de la fuerza por parte de los agentes del Estado, ambos casos en los que los opositores resultaron perjudicados. Cabe recordar que fue el propio presidente Allende quien mencionó en un discurso que él no era presidente de todos los chilenos.

El tercer pecado constitucional que se denuncia es atentar contra la libertad de expresión. El gobierno de la Unidad Popular habría censurado sistemáticamente la programación, e incluso la operación, de radioemisoras críticas del gobierno.

El intento de control de la Educación en manos del Estado a través de la Escuela Nacional Unificada (ENU) puede considerarse el cuarto pecado constitucional del Presidente Allende. Se le acusa de pretender que las escuelas y colegios en todo el país sirvieran como mecanismo de adoctrinamiento socialista para la generación de una nueva “conciencia”, es decir, acomodar las mentes de los jóvenes al ideario de la Unidad Popular. Todo esto infringiendo la libertad de enseñanza y el derecho a la educación mediante una injerencia abusiva del Ministerio de Educación.

El quinto pecado constitucional fue el uso de resquicios legales o directamente la ilegalidad en la denominada radicalización de la Reforma Agraria, así como en otras áreas de la economía, favoreciendo tomas violentas y las masivas expropiaciones de empresas e industrias, vulnerando el derecho de propiedad en sus distintas facetas.

El gabinete del Gobierno, conformado en agosto de 1973 por 5 uniformados al cual el propio presidente denominó como de “salvación nacional”, hacía que su rol de garantes de todos los chilenos de las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile se viera comprometido a un solo sector político, lo que se puede considerar la sexta gran acusación.

Por último, el séptimo pecado constitucional del gobierno del Presidente Allende: ejercer un arbitrario y abusivo poder al aplicar violencia al margen de la legalidad a la hora de reprimir marchas como la de los mineros de El Teniente y la creación del GAP para la protección presidencial. También podría mencionarse como argumento para validar este punto el reconocimiento personal que hace Salvador Allende de grupos violentos como el MIR, cuyos miembros fueron indultados por el expresidente.

Sin duda, esta declaración debe considerarse en su contexto, y sus afirmaciones pueden ser confirmadas, precisadas o controvertidas, según el rigor histórico de cada intérprete de la historia. Pero cualquiera que sea la posición política, a 50 años del 11 de septiembre, no se puede dejar de considerar que para que un gobierno sea calificado como democrático, no basta con la legitimidad de su ascenso al poder, sino que, quizás incluso más importante que ello, requiere también legitimarse durante su ejercicio a través del respeto irrestricto de la Constitución y las leyes.

Ricardo Hernández, director Programa Constitucional, Instituto Res Publica.